Me divorcié en el exterior. ¿Tengo que pasar por el STJ?
Depende del contenido de la sentencia. El divorcio de mutuo acuerdo simple, que solo disuelve el matrimonio, se anota directamente en el Registro Civil, según el art. 961, §5º, del Código de Proceso Civil. El divorcio contencioso, o el de mutuo acuerdo que trate de custodia, alimentos o partición, exige homologación del STJ.
¿La herencia o la donación que viene del exterior paga impuesto en Brasil?
La Ley Complementaria 227/2026 llenó el vacío señalado por el Supremo Tribunal Federal en el Tema 825 y definió qué estado es competente: el del domicilio del sucesor, en la herencia de un fallecido domiciliado afuera, y el del donatario, en la donación proveniente del exterior. El cobro en esos términos depende de ley estatal y de la anterioridad.
¿El documento extranjero necesita apostilla y traducción?
Sí, cuando se emite en un país signatario de la Convención de La Haya: apostilla en el país de origen y traducción jurada al portugués. En un país no signatario, se aplica la legalización consular. El orden de las etapas importa y los errores en él suelen obligar a rehacer.
Un pariente falleció en el exterior y dejó un inmueble en Arez. ¿Dónde se tramita la sucesión?
En Brasil. El art. 23, II, del Código de Proceso Civil atribuye a la autoridad brasileña, con exclusión de cualquier otra, la sucesión y partición de bienes situados en el país, aunque el fallecido fuera extranjero o estuviera domiciliado afuera. Los herederos en el exterior participan por poder.
¿Necesito abogado para anotar el divorcio directamente en el registro?
En esa hipótesis específica, la anotación directa no depende de homologación ni exige asistencia de abogado. La orientación profesional suele ser útil para confirmar que el caso realmente encaja en la anotación directa y para organizar la apostilla y la traducción, pero la ley no la exige en ese acto.
Vivo afuera. ¿Tengo que viajar a Brasil para resolver esto?
En la mayoría de los casos, no. Un poder otorgado en un consulado brasileño, o hecho en el exterior y apostillado, permite la representación ante registros, órganos públicos y procesos. Los actos que exigen presencia personal son pocos y se informan antes de la contratación.